Esta homologación afecta a los cursos de formación para los transportistas, conductores, cuidadores de animales de las especies bovina, ovina, caprina, equina y porcina o aves de corral, operadores comerciales y personal a su cargo que maneje los animales del encerradero, y personal de centros de concentración al cual confíen la manipulación de los animales.
SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS CURSOS EN MATERIA DE BIENESTAR ANIMAL Y PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES Y EXPEDICIÓN DE CERTIFICADOS DE COMPETENCIA EN MATERIA DE BIENESTAR ANIMAL
La formación que deben recibir las personas que manejen animales vivos está regulada por normativa y los centros deben estar debidamente autorizados por las administraciones competentes a nivel autonómico. Desde Ybea Group podemos informarte de las condiciones de cada comunidad y lo que se exige.
La preocupación creciente por la calidad y seguridad alimentaria ya no se limita al producto final, sino que debe tener en cuenta las manipulaciones y procesos productivos al que son sometidos los productos; procesos en los que juega un papel muy importante el sistema de cría y las condiciones sanitarias y de bienestar del animal. En este contexto, la regulación sobre la gestión de las explotaciones agropecuarias realizada por la Unión Europea ha ido dirigida a la necesidad de hacerlas más eficientes, resultando imprescindible, entre otros factores, que las personas que intervienen en el mismo posean una formación completa y especializada en las tareas que desempeñan, debiendo establecerse instrumentos eficaces para el cumplimiento de tales exigencias.
CURSOS DE FORMACIÓN EN BIENESTAR ANIMAL
Artículo 2. Tipología, duración y contenido de los cursos.
1. De acuerdo con el artículo 2 del Decreto 80/2011, de 12 de abril, se establecen los siguientes cursos:
a) Bienestar animal durante el transporte: dirigido a aquellas personas transportistas de animales y personas responsables durante el transporte.
b) Bienestar animal en explotaciones ganaderas porcinas: para personas titulares y personas que trabajen en explotaciones ganaderas porcinas.
c) Bienestar animal en explotaciones ganaderas avícolas: dirigido a personas titulares y personas que trabajen en explotaciones avícolas.
d) Bienestar animal en explotaciones ganaderas de rumiantes: para personas titulares y personas que trabajen en explotaciones ganaderas de rumiantes.
e) Bienestar animal en otras explotaciones ganaderas (conejos y otras especies): dirigido a personas titulares y personas que trabajen en otras explotaciones ganaderas.
f) Bienestar animal en mataderos: para personas que trabajen en mataderos.
2. Los cursos citados anteriormente tendrán una duración mínima de 20 horas, de las cuales, al menos cuatro horas se dedicarán a la práctica de los conocimientos previamente adquiridos.
3. Los referidos cursos, a efectos docentes, se clasifican en las siguientes secciones:
a) Sección 1: Cursos de bienestar animal durante el transporte.
b) Sección 2: Cursos de bienestar animal en explotaciones ganaderas de porcinos, avícolas, rumiantes y otras explotaciones ganaderas (conejos y otras especies).
c) Sección 3: Cursos de bienestar animal en mataderos.
Desde el área de formación para el bienestar animal desarrollamos diversos planes y proyectos a la medida de nuestros clientes, en este sentido brindamos una amplia gama de soluciones, si estás interesado en conocer más sobre cómo podemos ayudarle a implementar el método montessori en su áula o áulas de su centro educativo no dude en contactar con nosotros a través de nuestro teléfono 952275086 o envíe un correo a formacion@ybeagroup.com, le responderemos lo más pronto posible.