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carne de aplicador de biocidas

¿Aplicas biocidas? Formación necesaria que se obliga tener

La formación que exige la normativa emitida por la Consejería de Agricultura y Pesca que regula la expedición del carné de aplicador/a de biocidas para la Higiene Veterinaria, en el Decreto 161/2007, de 5 de junio, por el que se establece la regulación de la expedición del carné para las actividades relacionadas con la utilización de productos fitosanitarios y biocidas.

Aprobación del RD 830/2010. La entrada en vigor de este Real Decreto pretende establecer unos criterios mínimos de capacitación al personal para realizar tratamientos con biocidas, concretamente la aplicación de determinados productos biocidas autorizados por personal especializado (quedan exentos los productos autorizados para uso general y uso por personal profesional).

Con la reglamentación anterior, existía el curso de aplicador de biocidas de uso ambiental (conocido como DDD) de nivel básico, para aplicadores (con 20 h. de duración) y de nivel cualificado, para responsables (de 60 h. de duración).

Actualmente, los criterios formativos son los siguientes:

Para aplicación de protectores de maderas (TP8):

  • Se deberá llevar a cabo una formación específica según el temario descrito en el anejo I, con una duración mínima de 25 h. para aplicadores y de 80 h. para responsables
  • Además, en caso de usar productos muy tóxicos (T+) y carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción (CMRs) u otros productos que sean o generen gases, se deberá llevar a cabo una formación específica según el temario descrito en el anejo II, con una duración mínima de 40 h. en ambos casos (para aplicadores).

Para la aplicación del resto de biocidas (aquí los cambios son importantes, en cuanto a duración):

  • Obtener un título de formación profesional (Técnico Superior en Salud Ambiental, con 2000 horas lectivas, incluyendo prácticas).
  • Obtener una cualificación profesional de “Servicios para el control de plagas” (nivel 2), con 370 horas lectivas (podéis ver el temario en el anexo XXVII del RD 295/2004)

Para los responsables durante la aplicación (resto de biocidas):

  • Título universitario que acredite la obtención de competencias relacionadas con (cito textualmente) “los procesos de control de organismos nocivos, relacionados con la sanidad ambiental, o la ingeniería sanitaria, rama de la ingeniería dedicada básicamente al saneamiento de los ámbitos en que se desarrolla la actividad humana”.
  • Título de formación profesional de grado superior específico en salud ambiental (entiendo que es el que hemos visto anteriormente).
  • Obtener una cualificación profesional de “Gestión de servicios para el control de organismos nocivos”(nivel 3), con 510 horas lectivas (podéis ver el temario RD 295/2004)

Yo ya tengo formación homologada actualmente, como por ej. el DDD ¿me sirve?

En el ámbito de los biocidas de los tipos 2, 3, 4, 14, 18 y 19, se concede un plazo de 6 años(hasta julio de 2016), durante los cuales se prorrogará la validez de los carnés, niveles básico y cualificado (para uso ambiental y en la industria alimentaria). Pasado este periodo, se deberá proceder a cursar los certificados de profesionalidad de nivel 2 (para aplicadores) ó nivel 3 (para responsables). Esto quiere decir que tu carné DDD no sirve.

Para los que llevan mucho tiempo trabajando en el sector y no tienen acreditación hay un procedimiento de acreditación de tu experiencia (formación no formal); ahora bien, se trata de una convocatoria oficial (puede ser estatal o en función de cada Comunidad Autónoma).

Los requisitos son los siguientes:

  • Tener la nacionalidad española, ser ciudadano europeo o permiso de residencia y trabajo en España
  • Acreditar un mínimo 3 años de experiencia laboral relacionada con las unidades de competencia que se quieran acreditar, con un mínimo de 2000 h. trabajadas durante los últimos 10 años.
  • Demostrar la competencia, a través de una entrevista personal o bien superar pruebas de competencia específicas.

Para más información, puedes visitar http://www.sepe.es/

Si eres empresario y te dedicas a plicar biocidas para terceros, además de lo expuesto anteriormente, deberás disponer de un programa de formación continua, llevando a cabo acciones formativas (a cargo de una entidad acreditada) cada 5 años, a todos los trabajadores que lleven a cabo actividades laborales relacionadas con la aplicación de productos biocidas, con una duración de 20 h. como mínimo, así como mantener un registro documental de las mismas.

¿Hay alguna solución alternativa?

Sí, debemos recordar que la formación solo es exigible para aquellos productos que requieran su aplicación por personal especializado. Siempre puedes sustituir el producto por otro compatible (a veces no es fácil, por ej. en industria alimentaria), que no requiera la aplicación por parte de personal especializado.

Desde el área de Homlogaciones desarrollamos diversos planes y proyectos a la medida de nuestros clientes, es en este sentido brindamos una amplia gama de soluciones,  si estás interesado en conocer más sobre cómo podemos ayudarle a conseguir la homologación de aplicador de Biocida no dude en contactar con nosotros a través de nuestro teléfono 952275086 o envíe un correo a formacion@ybeagroup.com, le respoderemos lo más pronto posible.

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